Wed, 08 Feb 2012 19:59:51 +0100 Saltar al contenido

¿El monstruo del Lago Ness islandés?

lainformacion.com

miercoles, 08/02/2012 - 19:58 h

Internet

Europa negocia el futuro de Internet en el Paquete de Telecomunicaciones

09/10/2009 | Wicho/Microsiervos

Este conjunto de normas inicia una nueva ronda que en este caso terminará o bien con su aprobación o bien con su rechazo definitivo.

[ ]

El denominado Paquete de Telecomunicaciones o Paquete Telecom, que es el conjunto de normas que regirá el funcionamiento del mercado de las telecomunicaciones y por tanto el de Internet en los países miembros de la Unión Europea una vez que sea aprobado por la Eurocámara y que éstas sean traspuestas al sistema legal de cada uno de los países en cuestión, lleva siendo tramitado desde el 13 de noviembre de 2007, cuando fue presentado por la comisionada para la sociedad de la información Viviane Reding.

Como es habitual su redacción, que requiere poner de acuerdo los intereses de usuarios, industria, y demás partes implicadas, ha cambiado en varias ocasiones durante el proceso, aunque durante todo éste ha habido dos aspectos fundamentales en la parte que toca el funcionamiento de Internet que han sido especialmente polémicos porque para muchos tal y como están redactados pueden suponer un recorte de los derechos de los ciudadanos de la Unión Europea.


Aspectos polémicos

Por un lado, y a pesar de que ésta aprobó en marzo de este año un informe no vinculante del eurodiputado Stavros Lambrinidis que rechaza que los gobiernos denieguen el acceso a Internet para imponer sanciones, con la redacción actual del Paquete de telecomunicaciones sería posible que un ciudadano de la Unión Europea viera su acceso a Internet cortado o limitado sin que ningún juez interviniera en el proceso como por ejemplo pretendía establecer la ley Hadopi francesa.

Por otro, esta redacción tampoco garantiza que se mantenga la neutralidad de la red en Europa, de tal modo que los operadores de telecomunicaciones podrían establecer limitaciones en el funcionamiento de ciertos servicios o bloquearlos por completo sin otra obligación que comunicarlo a sus usuarios.

De hecho, el pasado mes de mayo, cuando se daba ya como algo prácticamente hecho la aprobación del Paquete de Telecomunicaciones fue precisamente el que éste contemplara la posibilidad de que se pudiera cortar el acceso a Internet de los ciudadanos sin que lo dictaminara un juez lo que hizo que el plenario del parlamento rechazara la redacción propuesta del paquete por 407 votos frente a 57 y 151 abstenciones y que este tuviera que entrar en el llamado proceso de conciliación para buscar una nueva redacción de la enmienda 138, que es en el que se mencionan estas cuestiones.


El camino de la conciliación

Este proceso, que debido a las elecciones al Parlamento Europeo de junio, no ha podido iniciarse hasta finales de septiembre, implica que una comisión del Parlamento formada por prácticamente los mismos miembros que se han encargado hasta ahora de redactar el paquete tiene que negociar con el Consejo de la Unión Europea una nueva redacción del Paquete de Telecomunicaciones que en caso de haber acuerdo será la que se lleve de nuevo a votación al plenario.

Para esto hay un plazo de seis semanas, aunque se puede ampliar, y de no conseguir consensuar y aprobar un texto en ese plazo el texto quedaría rechazado en su totalidad y habría que empezar todo el proceso de nuevo, algo que la industria y sus lobbies no desean en absoluto.


La enmienda 138

En estos momentos la comisión de conciliación, tras su primera reunión, ha tomado la decisión de acometer solo la discusión de la citada enmienda 138, que es el artículo 8.4h de la Directiva Marco, y no de todo el paquete.

Este artículo se refiere a la obligación de las autoridades de reglamentación (en España la CMT) de actuar según unos objetivos y principios que tienen como objetivo el desarrollo del mercado interior, el fomento de la competencia, y promover los intereses de los ciudadanos europeos.

Dentro de esos principios es donde se encuadraría la enmienda, el principio de que no caben restricciones a los derechos fundamentales de los usuarios finales sin resolución judicial previa, no sólo en cuanto a poder cortar la conexión sino a cualquier restricción.

El Consejo propone ahora un texto alternativo con la adición de un artículo 1.3 en la directiva marco y suprimir el artículo 8.4h, de tal forma que este ya no sería uno de los principios rectores de la actuación de las autoridades de reglamentación sino que tendría un carácter mas general, dejando que sean los Estados miembros los que establezcan la necesidad de que haya un procedimiento judicial o no a la hora de imponer restricciones al acceso a Internet de los ciudadanos, lo que deja abierta la posibilidad de que como quieren los gobiernos inglés y francés puedan ser órganos administrativos u organismos independientes los que decidan, aunque cabe recordar que en el caso de la ley Hadopi francesa fue declarada inconstitucional precisamente por no contemplar la intervención de un juez en el proceso.


El poder del proveedor

Lo que en cualquier caso no está previsto que se vaya a discutir en absoluto son los artículos que como el 20 y el 21 permiten la limitación del acceso o el uso de ciertos servicios y aplicaciones sin que haya ninguna otra obligación por parte del proveedor que la de comunicar al usuario que estas restricciones se están aplicando, lo que como decíamos compromete el principio de la neutralidad de la red, que mantiene que todo el contenido tiene que ser tratado por igual independientemente de su naturaleza y origen o destino.

Si se permite a los proveedores que establezcan estas restricciones nada les impide, por ejemplo, favorecer el tráfico de un servicio de alojamiento de vídeos frente al de otro en virtud de acuerdos comerciales a los que hayan podido llegar, hacer lo mismo con los resultados de un buscador determinado frente a los de otro, o cortar el acceso a servicios como la telefonía sobre IP porque estimen que compite con otro producto suyo, como por ejemplo están haciendo en este momento Movistar y otras operadoras al bloquear el funcionamiento de Skype sobre sus redes 3G para evitar que sus clientes lo usen para hacer llamadas gratuitas.

El argumento de que el usuario siempre puede buscar otra operadora que esgrimen estas no es aceptable porque según en qué zona geográfica es posible que simplemente un cliente no tenga ofertas de otra, por no hablar de que nada le garantiza que esta otra operadora no vaya a tener implantadas otras restricciones iguales o peores.

Además esto no sólo supone un compromiso de los derechos del usuario sino que puede ser un freno para el desarrollo de nuevas ideas y aplicaciones, ya que cualquier empresa o emprendedor pueden pensarse una y dos veces si meterse en un desarrollo de este tipo si se enfrentan a la posibilidad de que su funcionamiento pueda ser limitado o bloqueado por terceros.

En esta tesitura parece que a estas alturas ninguna redacción del Paquete de Telecomunicaciones puede ser ya buena para los ciudadanos de la Unión Europea, con lo que lo mejor que podría pasar sería que no se llegara a un acuerdo y se rechazara el paquete o que este fuera rechazado en la votación del plenario, algo que parece poco probable pero para lo que quizás sea oportuno hacer algo de presión con los eurodiputados poniéndose en contacto con ellos de forma educada mediante esta carta abierta al Parlamento Europeo, escribiendo a los miembros de la comisión directamente.

{Con la colaboración de Celia Blanco}

Destacamos

Secciones

Siguenos también en: Facebook Twitter Flickr Google News Youtube iPhone iPad Android

iplabel