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Competencia expedienta a Prisa, Vocento, Godó y Zeta

31/05/2010 | 233grados.com

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto expediente sancionador contra los grupos de comunicación Prisa, Vocento, Godó y Zeta por, presuntamente, haber suscrito sendos acuerdos publicitarios contrarios la competencia. En un primer expediente, la CNC ha decidido investigar...

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La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto expedientesancionador contra los grupos de comunicación Prisa, Vocento, Godó y Zeta por, presuntamente, habersuscrito sendos acuerdos publicitarios contrarios la competencia. En un primer expediente, la CNC ha decidido investigar a Godó y Vocento por su acuerdo de comercialización conjunta de espacios publicitarios de los suplementos dominicales XL Semanal (Grupo Vocento) y Magazine (Grupo Godó).SegúnCompetencia, ha obtenido información de la que puede deducirse queexisten "indicios racionales de la comisión por parte de las empresasmencionadas de una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 dejulio, de Defensa de la Competencia (LDC), que consistiría en acuerdosentre competidores que afectarían a la comercialización de publicidaden prensa escrita, y que contienen, entre otros, posibles pactos defijación de tarifas y descuentos, y obligaciones de comercializaciónconjunta de productos".En un segundo expediente, la CNC ha abierto expediente sancionador contra Prisa y Zeta por la creación de una empresa conjunta destinada a la comercialización de espacios publicitarios en prensa escrita e Internet.Segúnla comisión, esta empresa perseguiría "posibles pactos de fijación detarifas y descuentos, obligación de comercialización conjunta deespacios publicitarios, intercambio de los precios aplicados de formaindividual por cada editor, y reparto de mercados" que podríanvulnerador las normas de la competencia. La CNC señaló en unanota que la incoación del expediente no prejuzga el resultado final dela investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para lainstrucción del expediente y para su resolución por el Consejo de laComisión Nacional de la Competencia.

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