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servicios bancarios

El Gobierno dará más poder al FROB en la nueva ley bancaria

Reuters

jueves, 23/08/12 - 08:21

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El Gobierno español prepara un nuevo decreto para el sector bancario que daría al estatal Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) nuevos poderes, entre ellos la liquidación de bancos inviables.

El Gobierno dará más poder al FROB en la nueva ley bancaria

El Gobierno español prepara un nuevo decreto para el sector bancario que daría al estatal Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) nuevos poderes, entre ellos la liquidación de bancos inviables, según el borrador del Decreto Ley que analizará el Consejo de Ministros mañana o el viernes de la próxima semana.

Según el texto, el Ejecutivo de Mariano Rajoy también prevé que el Banco de España pueda intervenir de urgencia entidades financieras que, pese a que cumplan con los requisitos de solvencia y liquidez, presenten "elementos objetivos" que hagan pensar que no pueda seguir cumpliéndolos, publica El País.

Tras esta primera fase iniciada por el Banco de España, en la que podrá exigir al banco intervenido desde planes de actuación hasta acuerdos de reestructuración de sus deudas, el FROB pasaría a gestionar todo el proceso de liquidación.

El fondo de rescate bancario español podrá vender el negocio de la entidad, transmitir activos y pasivos a un banco puente o cederlos a una entidad de gestión de activos o banco malo.

El FROB podrá vender activos y pasivos de la entidad intervenida de forma conjunta o troceados sin consentimiento de los accionistas y en condiciones de mercado, añadió Expansión, que dijo que tras el traspaso o venta de los activos la entidad se disolverá y liquidará.

Los acreedores soportarán pérdidas

El País añadió que en el caso de una inyección directa de capital del FROB, éste puede optar por poner dinero en efectivo o traspasar a la entidad títulos de deuda emitidos por el Tesoro, el FROB o el fondo de rescate europeo.

La ayuda del FROB supondrá que accionistas, cuotapartícipes o socios sean los primeros en soportar pérdidas y "los acreedores subordinados de las entidades soportarán en su caso pérdidas derivadas de la reestructuración o resolución después de los accionistas".

Respecto a los tenedores de participaciones preferentes, algunas de cuyas emisiones cotizan con descuentos de hasta el 75%, el FROB y un experto independiente evaluarán el precio óptimo "teniendo en cuenta el valor del mercado".

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