En ambos casos supone la paralización de las normas autonómicas, porque en el andaluz ya estaba suspendida la vigencia de su aplicación y en el vasco el Gobierno ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución para solicitar esta suspensión.
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este jueves un segundo recurso del Gobierno central contra el decreto andaluz de subasta de medicamentos, así como el conflicto positivo de competencias presentado contra el decreto del País Vasco que impedía el copago farmacéutico en esta comunidad.
En ambos casos supone la paralización de las normas autonómicas, porque en el andaluz ya estaba suspendida la vigencia de su aplicación y en el vasco el Gobierno ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución para solicitar esta suspensión.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 13 de julio recurrir ante el Tribunal Constitucional sendos acuerdos de Andalucía y el País Vasco, comunidades en las que gobierna el PSOE.
En el caso del conflicto positivo de competencias promovido por el Gobierno central contra el decreto vasco, el Ejecutivo cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado, que ha entendido que la norma autonómica "contraviene" la básica del Estado.
Es la segunda vez que el Ejecutivo de Mariano Rajoy recurre ante el Tribunal Constitucional el decreto andaluz que establece un sistema de subasta de medicamentos, paralizada desde el pasado 2 de abril y por un período de seis meses por un recurso anterior.
Tras presentarse ese primer recurso ante el Constitucional por parte del Gobierno central, la Junta de Andalucía aceptó abrir un proceso de negociación, pero no aceptó el compromiso de paralizar el proceso de subasta y volvió a adjudicar los medicamentos mediante este sistema y a formalizar contratos con las empresas que aceptaron la firma de los mismos.
Ante la falta de acuerdo, el Gobierno acudió al Constitucional el pasado mes de mayo y ha vuelto con otro recurso decidido por el Ejecutivo en el Consejo de Ministros del pasado 13 de julio.
Además, la subasta de fármacos de Andalucía está pendiente de otro recurso contencioso administrativo presentado también por el Gobierno central contra la resolución de la gerencia del Servicio Andaluz de Salud que ejecutó la subasta.
En el caso vasco y en la misma fecha del 13 de julio, el Consejo de Ministros decidió recurrir tras conocer el dictamen del Consejo de Estado que constata que el decreto autonómico "difiere" de la regulación estatal (decreto-ley 16/2012), tanto en la fijación del porcentaje de la aportación del usuario como en la relación de aquellos beneficiarios exentos, que es más amplia.
El decreto-ley permite a las comunidades mejorar o ampliar las carteras autonómicas de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud (SNS), explicó el Consejo de Estado.
Estas carteras complementarias podrán incorporar técnicas, tecnología o procedimientos, pero "no parece que puedan ampliar la cobertura financiera de una prestación sujeta a copago conforme a las normas básicas del Estado", estimó el Consejo de Estado. Atribuyó al Estado "en exclusiva" definir la financiación del SNS e interpretó como "divergente" e "incompatible" con la legislación estatal la pretensión del decreto vasco de evitar que se retire la tarjeta sanitaria a los inmigrantes irregulares.
Además, consideró que las comunidades autónomas "carecen de competencias" para regular el derecho de acceso a las prestaciones sanitarias, lo que corresponde al Estado.
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