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El Constitucional refrenda la mayor parte del Estatut

28/06/2010 19:26 | Agencias

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha conseguido sacar adelante una sentencia sobre el Estatut de Cataluña declarando 15 artículos inconstitucionales, tras una votación en la que votaron 8 a favor y dos en contra.

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El pleno del Tribunal Constitucional ha finalizado sus deliberaciones y ha aprobado una sentencia sobre el Estatuto de Cataluña basada en la ponencia redactada por su presidenta, María Emilia Casas, según han informado fuentes del tribunal. El borrador de Casas, el séptimo que se ha sometido a la consideración del pleno desde que éste inició sus deliberaciones hace ya dos años y medio, declaraba constitucional la mayoría de los preceptos impugnados por el PP.

El texto ha sufrido en las últimas horas varias modificaciones, introducidas por la propia presidenta para atraerse los votos necesarios para que la sentencia fuera aprobada en bloque y evitar así una votación artículo por artículo.

El mismo resultado de 6 a cuatro se produjo en la votación del Preámbulo, donde se recoge la definición de Cataluña como nación. El bloque de los preceptos que sí se consideran constitucionales han tenido un apoyo de 6 magistrados frente a cuatro.

Los cuatro magistrados que redactarán votos particulares son Ramón Rodríguez Arribas, Jorge Rodríguez Zapata, Vicente Conde y Javier Delgado, todos ellos pertenecientes al sector conservador. De este modo, la presidenta, con los cambios introducidos en su ponencia, ha logrado atraerse el respaldo del progresista Manuel Aragón y del conservador Guillermo Jiménez, que han unido sus votos al de la propia Casas y los también progresistas Elisa Pérez Vera, Eugeni Gay y Pascual Sala.

El PP presentó su recurso de inconstitucionalidad contra el Estatut el 31 de julio de 2006, hace ya casi cuatro años, aunque el tribunal no comenzó a deliberar sobre el fondo del asunto hasta principios de 2008.


Artículos inconstitucionales.

La sentencia del Estatuto de Cataluña aprobada hoy por el Tribunal Constitucional declara inconstitucionales, en todo o en parte, catorce de los 125 preceptos impugnados por el PP, según el fallo de la resolución.

Además, el tribunal condiciona a su interpretación la constitucionalidad de otros 27 preceptos: 23 artículos y cuatro disposiciones.

Entre los artículos declarados inconstitucionales figura el 6.1, que se refiere al catalán como lengua "preferente" de las Administraciones Públicas; el 76.4, que establece el carácter vinculante de los dictámenes del Consejo de Garantías Estatutarias; y el 78.1, que encomienda al Síndic de Greuges la supervisión "con carácter exclusivo" de la actividad de la Generalitat.

Se anulan también los artículos relativos al Consejo de Justicia catalán (97) y a algunas de sus atribuciones (98.2 y 98.3), a su intervención en nombramientos judiciales (95.5 y 95.6) y a la pertenencia al mismo del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (99.1), así como al control de sus actos y competencia sobre oposiciones y concursos (100.1, 101.1 y 101.2).

Son inconstitucionales asimismo en todo o en parte los artículos 111 (competencias compartidas), 120.2 (cajas de ahorros), 126.2 (crédito, banca, seguros y mutualidades no integradas en el sistema de seguridad social), 206.3 (participación en el rendimiento de los tributos estatales y mecanismos de nivelación y solidaridad) y 218.2 (autonomía y competencias financieras).

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