viernes, 10/02/2012 - 15:22 h
El sistema judicial de este país iguala las penas para los periodistas de prensa escrita y los audiovisuales, al derogar un artículo de la Ley de Imprenta que establecía penas de prisión para delitos de injurias y calumnias.
La Sala Tercera de Apelaciones de Costa Rica ha derogado el artículo 7 de la Ley de Imprenta, por la que los periodistas de prensa escrita de este país podían ir a la cárcel si eran condenados por injurias y calumnias en el ejercicio de su profesión, según informa el Diario Extra.
Con esta nueva decisión judicial, el país centroamericano da un paso importante en materia de libertad de expresión, aunque sólo dejó sin validez la posibilidad de una condena de prisión, en caso de que los periodistas sean declarados culpables por el delito de injurias y calumnias.
Este artículo de la Ley de Imprenta, vigente desde 1907, establecía, en estos casos, la pena de prisión de hasta 120 días para los periodistas de prensa escrita. Dicha ley regula los medios de comunicación escritos.
Sin embargo, Costa Rica tiene una normativa diferente para los periodistas de otros medios de comunicación. Así, según la Ley de Radio, los trabajadores de audiovisuales que fueran declarados culpables por injurias y calumnias eran condenados a una pena de multa.
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