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Juez avala la modificación del grupo IDEA en Armilla que dejó a Castillo no adscrito

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martes, 15/01/13 - 19:52

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Granada ha avalado en un auto reciente la modificación del grupo municipal de IDEA en Armilla (Granada) que derivó en la exclusión del exedil de Economía, Hacienda, Contratación y Personal, José Luis Castillo, y su paso al grupo de no adscritos.

GRANADA, 15 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Granada ha avalado en un auto reciente la modificación del grupo municipal de IDEA en Armilla (Granada) que derivó en la exclusión del exedil de Economía, Hacienda, Contratación y Personal, José Luis Castillo, y su paso al grupo de no adscritos.

Concretamente, ha rechazado el recurso presentado en su día por el portavoz municipal del PSOE, Gerardo Sánchez, entre otros, contra el acuerdo del pleno de fecha 22 de noviembre, entendiendo que el cambio suponía la creación de un nuevo grupo político, por lo que solicitaba una medida cautelar con carácter urgente de la suspensión de ese acto administrativo.

Los recurrentes entendían que esa modificación les afecta porque la exclusión de Castillo de IDEA y su consideración como concejal no adscrito podría impedirles formular la moción de censura que el PSOE impulsa junto a este edil e IU contra el actual alcalde, el 'popular' Antonio Ayllón, que gobierna en minoría junto al concejal que sí se mantiene bajo las siglas de IDEA.

En el auto, de fecha 11 de enero y al que este martes ha tenido acceso Europa Press, el Juzgado señala que "escapa" a su competencia el "control de la legalidad de la modificación habida" en el grupo municipal de IDEA, ya que "no es objeto" del recurso.

De hecho, indica que "tiene razón el Ayuntamiento de Armilla" cuando dice que no se puede desconectar esta demanda "del procedimiento" que se sigue en el Contencioso-Administrativo 4, que mantiene suspendido de forma cautelar el pleno para el debate de la moción. "Ello hace que no existan razones de urgencia para resolver esta medida cautelar en tanto que el pleno en cuestión no podría celebrarse, aún en el supuesto de que se estimara la medida cautelar propuesta", indica el magistrado en su resolución, contra la que cabe interponer recurso de apelación.

(EuropaPress)

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