domingo, 19/05/13 - 07: 28 h
Advierten de la posibilidad de que alguien que no tenga derecho a acogerse a la misma pretenda utilizarla "de forma indebida" y piden a Hacienda que les deje investigar
MADRID, 1 (EUROPA PRESS)
La Organización de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) ha indicado que la Declaración Tributaria Especial, conocida como 'amnistía fiscal', se enmarca en un proceso de regularización "de exclusiva naturaleza tributaria" y, por tanto, no permite legalmente regularizar rentas procedentes de actividades ilícitas.
En un comunicado, los inspectores de Hacienda advierten, no obstante, de su "preocupación" por la posibilidad de que alguien que no tenga derecho a acogerse a dicho proceso pretenda utilizarlo "de forma indebida", si bien no mencionan en ningún caso al extesorero del PP Luis Bárcenas, quien podría haberse acogido a la amnistía fiscal a través de una sociedad.
Por todo ello, han pedido a la Agencia Tributaria, que les ha manifestado su acuerdo al respecto, realizar las verificaciones necesarias con los instrumentos disponibles para evitar que se produzca un uso indebido de la regularización extraordinaria, así como hacer accesible a los inspectores de Hacienda la información que ha proporcionado la amnistía fiscal por los cauces establecidos legalmente a todos los órganos con funciones de lucha contra el fraude, incluyendo al Ministerio Fiscal, jueces, tribunales y el Servicio de Prevención y Blanqueo de Capitales (SEPBLAC).
Por su parte, fuentes del Ministerio de Hacienda indicaron a Europa Press que este comunicado de los inspectores viene a ratificar que la presentación de la regularización extraordinaria en la que consten rentas de origen ilícito no produce ningún efecto en el régimen tributario del declarante, ni tampoco en su régimen penal.
"La razón es muy simple, los que han obtenido rentas de forma ilícita no tienen ningún derecho sobre ellas, pues no puede presentar una declaración tributaria quien no tiene obligación tributaria alguna que regularizar", subrayan las mismas fuentes.
Además, añaden que "aquel delincuente" que utilice una declaración tributaria para tratar de blanquear el dinero obtenido ilícitamente se está exponiendo a que se cuestione el origen de estas rentas. Tanto la entidad financiera que participa en el proceso, como la Agencia Tributaria en el transcurso de una comprobación tributaria, podrán advertir del origen ilícito de las mismas, dicen fuentes del departamento de Cristóbal Montoro, tras asegurar que la DTE, al no ser confidencial, no ofrece un mayor riesgo de blanqueo que otras declaraciones tributarias.
TIENE QUE DECLARAR EL TITULAR REAL DE LA SOCIEDAD.
Igualmente, destacan que cuando se actúa a través de una sociedad interpuesta no residente, sólo el titular real de los bienes puede presentar la DTE, por lo que no cabe alegar "errores u otro tipo de interpretaciones", y aseguran que precisamente esta circunstancia permite que nadie pueda servirse de una sociedad no residente para regularizar su situación tributaria si no es él quien presenta la DTE.
Por último, desde el Ministerio de Hacienda indican que la competencia para determinar la ilicitud de las rentas y la titularidad de los bienes corresponde a los jueces, no a la Agencia Tributaria, por lo que el organismo da traslado de todas las operaciones de regularización en los que existen indicios de blanqueo y, en los casos en que se inicie un procedimiento judicial, colabora en los términos que solicite el juez encargado del proceso, a quien le corresponde determinar la titularidad de los bienes.
(EuropaPress)
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