martes, 29/05/12 - 02: 05 h
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a 23 años de prisión a F.R.F., de 32, por haber matado a tiros a dos hermanos de nacionalidad portuguesa cuando éstos se encontraban en el interior de un restaurante en el Polígono Tecnológico de Ogíjares (Granada) el pasado 19 de octubre de 2009. La condena, por dos delitos de homicidio y uno de tenencia ilícita de armas, se produce después de que un jurado popular lo declarara culpable de lo ocurrido la pasada semana.
GRANADA, 2 (EUROPA PRESS)
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a 23 años de prisión a F.R.F., de 32, por haber matado a tiros a dos hermanos de nacionalidad portuguesa cuando éstos se encontraban en el interior de un restaurante en el Polígono Tecnológico de Ogíjares (Granada) el pasado 19 de octubre de 2009. La condena, por dos delitos de homicidio y uno de tenencia ilícita de armas, se produce después de que un jurado popular lo declarara culpable de lo ocurrido la pasada semana.
Además de las penas de cárcel, el tribunal le prohíbe acercarse a los familiares de la víctima, a los que además deberá indemnizar en un total de 378.000 euros, y le impone el pago de las costas del juicio, que se desarrolló desde el pasado 21 de noviembre hasta el 26, fecha en la que el jurado hizo público su veredicto.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se considera probado que entre las 14,00 y 14,30 horas del 19 de octubre de 2009, tras la discusión que mantuvo la compañera sentimental del acusado con la esposa de uno de los hermanos, F.R.F. legó hasta el restaurante El Cafetal, en el polígono de Ogíjares, provisto de pistola cargada con 15 balas.
Una vez allí, y tras discutir con el hermano identificado como A.T.P. --el marido de la mujer que había discutido con su pareja-- comenzó una riña en la que también intervino el otro hermano, M.T.P. En un momento dado, el procesado sacó su pistola de un bolso-riñonera que llevaba y efectuó diez disparos contra A.T.P., quien falleció a consecuencia de sus heridas, y disparó en otras cuatro ocasiones contra M.T.P., que también murió.
El acusado, según se señala en el fallo, adelantado este viernes por el diario 'Ideal' de Granada, carecía de licencia de armas para la pistola que utilizó, tal y como consideró también el jurado popular que lo consideró culpable de homicidio y de tenencia ilícita de armas, pero que no contempló la posibilidad de ensañamiento con sus víctimas, como solicitaban las acusaciones particulares personadas --que representan a las familias de los hermanos--.
La Fiscalía pedía inicialmente para el inculpado un total de 32 años y medio de cárcel, por dos delitos de homicidio y uno de tenencia ilícita de armas, frente a los 52 y medio que pedía una de las dos acusaciones particulares, por dos asesinatos y la tenencia ilícita de armas. La defensa del procesado solicitaba su absolución por haber actuado "en legítima defensa" y con la atenuante de trastorno psiquiátrico, puesto que se le diagnosticó una esquizofrenia en el año 2004, extremos que no fueron aceptados en el veredicto emitido.
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